Alimentación España Salamanca, España, Lunes, 09 de febrero de 2004 a las 19:26

La Junta deber谩 crear un registro regional para garantizar la 'trazabilidad' de la leche cruda antes de 2005

Como desarrollo de la normativa nacional aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros

AVPR/DICYT La Junta de Castilla y Le贸n deber谩 poner en marcha un registro que permita controlar en todo momento el origen y destino de leche cruda, as铆 como identificar los contenedores que se utilizan para el transporte y conservaci贸n de este producto. Esta novedad viene marcada por la aprobaci贸n fer un Real Decreto el pasado viernes sobre identificaci贸n y registo de la leche cruda, que afectar谩 tanto a la producci贸n nacional que tiene como destino la exportaci贸n como a las importaciones del extranjero. El objetivo es conocer en todo momento los movimientos de la leche, desde su recogida hasta la industria de transformaci贸n, facilitando el control de su trazabilidad (proceso de certificaci贸n de la producci贸n de un bien o servicio) y mejorando los procesos de calidad. El sector lechero deber谩 adaptarse a la legislaci贸n europea, que obliga a las empresas alimentar铆as a implantar los sistemas de trazabilidad antes de 2005.


La base de datos nacional, que recibir谩 el nombre de Letra Q, contendr谩 tanto el registro general de agentes del sector como toda la informaci贸n relativa a los movimientos de la leche, y su acceso estar谩 restringido a las autoridades y los agentes y establecimientos registrados.

Con objeto de ajustarse a la nueva normativa, la Junta de Castilla Le贸n deber谩 asignar un c贸digo de identificaci贸n tanto a los productores, como a los agentes encargados de la recogida, el transporte, el mantenimiento y la transformaci贸n de la leche cruda. En el caso de los contenedores destinados al almacenamiento de este producto, el c贸digo aparecer谩 en una etiqueta adherida a los mismos, que podr谩 leerse mediante un sistema de reconocimiento de c贸digo de barras.

Los datos se remitir谩n al Registro General de Agentes que crear谩 la Direcci贸n General de Ganader铆a del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentaci贸n, de manera que autom谩ticamente se podr谩n consultar las altas, bajas y modificaciones que realicen las comunidades aut贸nomas.

Lo que deben hacer los productores

La normativa obligar谩 a los productores a mantener dentro de la explotaci贸n un registro actualizado de las fechas y las cantidades de leche entregadas, as铆 como el nombre del operador y el c贸digo de identificaci贸n de la cisterna que efect煤a la recogida. A su vez, el personal encargado de la recogida deber谩 entregar a cada uno de los operadores un recibo con estos datos, mientras que los responsables de los centros donde su produzca la entrada de leche deber谩n comunicar a la Direcci贸n General de Ganader铆a del Ministerio todos los movimientos que se produzcan desde o hacia los contenedores del centro.