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Science Spain
Salamanca, Wednesday, March 03 of 2010, 12:21

Los creadores de software buscan fórmulas para patentar sus programas de ordenador

Una jornada del Proyecto T-CUE organizada por la Fundación General de la Universidad de Salamanca analiza las posibilidades de protección intelectual en este campo
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JPA/DICYT La protección del software desde el punto de vista jurídico es un campo mucho más complejo que la protección de los resultados de I+D+i en otros sectores y productos. Las diferencias en la legislción entre Estados Unidos y Europa a la hora de lograr patentes para programas de ordenador, además de la existencia previa del derecho de autor hace que habitualmente surjan muchas dudas en este terreno. Para aclararlas y contribuir a la rentabilidad de la innovación en software la Fundación General de la Universidad de Salamanca ha organizado hoy una jornada en el marco del Proyecto T-CUE (Transferencia de Conocimiento Universidad-Empresa) de la Junta de Castilla y León, dentro del Ciclo de Talleres de Propiedad Industrial e Intelectual para Investigadores. 

 

"La normativa de patentes dice expresamente que los programas de ordenador no se pueden patentar, pero de hecho se patentan a través de una interpretación que hace la Oficina Europea de Patentes por razones de competitividad, porque en Estados Unidos el software sí tiene esta protección desde hace muchísimos años", indica Fernando Carbajo Cascón, profesor de Derecho de la Universidad de Salamanca y experto en esta materia. "Son diferencias puntuales en la legislación que a priori no hacen posible la patente, pero en realidad se puede patentar si se demuestra que tiene un resultado práctico concreto", apunta.

 

Por otra parte, la protección originaria se produce a través del derecho de autor, de manera que coexisten las dos fórmulas."La protección por derecho de autor se produce por el simple hecho de la creación, mientras que la protección por patentes requiere un examen de fondo", señala el especialista. El hecho de que los programas de ordenador tengan esta doble posibilidad hace incluso más complejos los procesos de protección en software que en otros productos.

 

El mayor problema sería la existencia de diferencias a la hora de patentar productos en distintos países, ya que eso generaría diferencias competitivas que en la práctica no se dan. "Estados Unidos dice que las invenciones, para ser patentables, tienen que producir un resultado útil en cualquier campo de la tecnología. Sin embargo, en Europa se requiere aplicación industrial y esto se ha interpretado siempre como una manipulación de las fuerzas de la naturaleza, es decir, que tenga efectos físicos o químicos, algo que el software no produce directamente", explica Fernando Carbajo.

 

Razones de competitividad

 

Sin embargo, para salvar estas diferencias, razones de competitividad, para que no haya diferencias entre las empresas de Estados Unidos y de Europa, "se hace una interpretación que conduce al mismo resultado". En la práctica, si los programas de ordenador ejecutados por una máquina producen un resultado práctico concreto, dentro o fuera del ordenador, sí que se pueden patentar.

 

En cualquier caso, la doctrina fue elaborada por Europa a finales de la década de los 80 y hoy en día la situación ha cambiado porque existe una comisión trilateral de Estados Unidos, Japón y Europa que "por razones de competitividad global apuesta por la patentabilidad del software", directamente o recurriendo a interpretaciones complejas.

 

La patente da una protección mucho más amplia. El derecho de autor protege la expresión del código fuente, mientras que la patente protege un concepto inventivo. A través del derecho de autor se pueden encontrar programas con diferentes lenguajes informáticos pero que cumplen una función idéntica, por ejemplo, varios hojas de cálculo o varios sistemas operativos. Sin embargo, la patente evita que haya programas que cumplan la misma función. Eso sí, la patente protege sólo 20 años, mientras que el derecho de autor es la vida de éste más los 70 años posteriores.

 

En el campo de la producción de software, "España está experimentado un gran crecimiento, pero no es comparable con Alemania, Reino Unido o Francia", afirma el experto. Como el software requiere una protección global, generalmente se patenta en la Oficina Europea de Patentes, en Munich, y en la oficina americana.
 

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