Technology Spain , León, Friday, January 27 of 2006, 18:29

El Consejo de Ministros autoriza la creación del Inteco como Sociedad Anónima

Su objeto social será la gestión, asesoramiento, promoción y difusión de proyectos tecnológicos en el marco de la Sociedad de la Información

MJF/DICYT El Consejo de Ministros ha autorizado la creación de una sociedad mercantil estatal con forma de sociedad anónima que se denominará Instituto de las Tecnologías de la Comunicación, S.A (Inteco), que tendrá como objeto social la gestión, asesoramiento, promoción y difusión de proyectos tecnológicos en el marco de la Sociedad de la Información. Así, se formaliza el anuncio realizado por la sociedad Red.es el pasado mes de diciembre sobre la constitución del instituto en forma de Sociedad Anónima y no como fundación o consorcio, como se había barajado en un principio.

 

La constitución del Inteco como Sociedad Anónima Estatal y Mercantil supone un paso más en la puesta en marcha del proyecto, que se basará en tres pilares fundamentales: la investigación aplicada, la prestación de servicios y la formación. Su objetivo es fomentar iniciativas de innovación relacionadas con el sector de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y, en general, con el ámbito de la Sociedad de la Información.

 

Las principales líneas de trabajo de Inteco se centrarán en la accesibilidad, la seguridad tecnológica, soluciones TIC para las pyme, ciudadanía e internet y e-salud. Tiene como finalidad convertir a la capital leonesa en polo de atracción y referencia europea de este tipo de iniciativas.

 

El Consejo de Ministros celebrado hoy da un impulso más a la creación de Inteco, que se constituye con un capital social inicial de 1.400.000 euros, siendo la titularidad del 100% de las acciones en las que se divide el capital social de la Entidad Pública Empresarial Red.es, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que ejercerá la tutela de acuerdo con el artículo 176 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

 

La sociedad creada se regirá, en todo lo no expresamente regulado por sus Estatutos, por la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ley General Presupuestaria, la Ley de Sociedades Anónimas vigente y demás normas de carácter general que sean de aplicación.